Asistentes de cálculo

Asistentes para el cálculo de la distancia mínima (distancia de seguridad) según normas EN ISO

Las recomendaciones de este asistente no pretenden ser exhaustivas. Para el uso y la instalación seguros y correctos de los productos, se deben seguir las normas y reglamentos pertinentes en su versión actualmente vigente. Leuze electronic GmbH + Co. KG no asume ninguna responsabilidad por daños derivados del uso de este asistente ni por la exactitud de las normas y directivas de aplicación general.


Principios básicos de las distancias de seguridad según la norma EN ISO 13855:2024

Los equipos de protección no separadores, como las cortinas ópticas de seguridad o los escáneres láser de seguridad, se utilizan para detectar la aproximación de una persona a una zona de peligro. En este caso es crucial una distancia de seguridad correcta entre el equipo de protección y la zona de peligro, por ejemplo, para detener a tiempo un movimiento peligroso antes de que la persona lo complete.

La distancia de seguridad necesaria se calcula según la norma EN ISO 13855:2024 utilizando la siguiente fórmula:

S = K × T + DDS + Z

S – Distancia de seguridad entre el equipo de protección y la zona de peligro [mm]

K – Velocidad de aproximación

  • Movimiento de una persona: 2000 mm/s (para S >500 mm)
  • Movimiento de manos y brazos: 1600 mm/s (para S ≤500 mm) 
T – Tiempo total de respuesta del sistema [ms]

DDS – Alcance efectivo de detección [mm]; depende de la capacidad de detección del equipo de protección y de la situación de montaje. En la aproximación ortogonal, DDS se diferencia además como

  • DDO: Alcance por encima del campo de protección
  • DDT: Alcance a través del campo de protección
  • DDU: Alcance por debajo del campo de protección
Z – Factor de distancia adicional [mm], p. ej.,debido a mediciones inexactas o al desgaste del freno


Principios básicos de las distancias mínimas según la norma EN ISO 13855:2010

Los equipos de protección no separadores, como las cortinas ópticas de seguridad o los escáneres láser de seguridad, se utilizan para detectar la aproximación de una persona a una zona de peligro. En este caso es crucial una distancia de seguridad correcta entre el equipo de protección y la zona de peligro, por ejemplo, para detener a tiempo un movimiento peligroso antes de que la persona lo complete.

La distancia mínima se calcula según la norma EN ISO 13855:2010 como

SRT [mm] = K [mm/ms] * T [ms] + CRT [mm]

SRT – Distancia mínima entre el campo de protección y el punto peligroso [mm] 2,0 mm/ms / entrada: 1,6 mm/ms
T - tiempo de parada de la función de seguridad tras la entrada de la parte pertinente del cuerpo en el campo de protección [ms]
CRT - suplemento constante en función de la capacidad de detección del dispositivo de protección [mm]

Así pues, la distancia mínima de los equipos de protección no separadores se compone de una parte constante (C) y otra dinámica (K x T). Dado que incluso un equipo de protección no separador se puede eludir mediante una intromisión por arriba, la altura necesaria del campo de protección se debe determinar a partir de una tabla, tal como se hace en el caso de los resguardos. Por tanto, la distancia al punto peligroso que se desea obtener se corresponde con el mayor de los dos valores.

  • SRT (reach-through), calculado sobre la base de la aproximación a través del campo de protección
  • SRO (reach-over), con CRO a partir de la altura de la arista superior del campo de protección y la altura del punto peligroso

El tiempo de parada total T solo se puede determinar con la suficiente precisión mediante medición. Para ello se utilizan instrumentos especiales de medición del tiempo de parada. Leuze ofrece como servicio la medición del tiempo de parada. Por regla general, una inspección de seguridad, que también incluye la medición del tiempo de parada, solo puede ser realizada por personas capacitadas de acuerdo con los requisitos legales.


Visión general de la distancia de seguridad EN ISO 13857

La siguiente tabla sirve para determinar la altura necesaria de un resguardo fijo para aplicaciones con alto riesgo según EN ISO 13857.

Conociendo:

  • Altura de la zona de peligro (a)
  • Distancia de seguridad horizontal respecto a la zona de peligro (c)

Se busca:

  • La altura necesaria de la construcción de protección (b)
    • Busque en la columna izquierda la línea con el valor de la altura de la zona de peligro.
    • Busque en esta línea la columna con el valor de la distancia de seguridad horizontal respecto a la zona de peligro.
    • Arriba en el encabezado de la columna se encuentra la altura necesaria de la construcción de protección. Si se tienen valores intermedios, se debe utilizar el valor más alto de la construcción de protección.

 

 

 

Altura de la
zona
de peligro (a)

 

Altura de la construcción de protección (b)

1000 1200 1400 1600 1800 2000 2200 2400 2500 2700

 

Distancia de seguridad horizontal respecto a la zona de peligro (c)

2700 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2600 900 800

700

600 600 500 400 300 100 0
2400 1100 1000 900 800 700 600 400 300 100 0
2200 1300 1200 1000 900 800 600 400 300 0 0
2000 1400 1300 1100 900 800 600 400 0 0 0
1800 1500 1400 1100 900 800 600 0 0 0 0
1600 1500 1400 1100 900 800 500 0 0 0 0
1400 1500 1400 1100 900 800 0 0 0 0 0
1200 1500 1400 1100 900 700 0 0 0 0 0
1000 1500 1400 1000 800 0 0 0 0 0 0
800 1500 1300 900 600 0 0 0 0 0 0
600 1400 1300 800 0 0 0 0 0 0 0
400 1400 1200 400 0 0 0 0 0 0 0
200 1200 900 0 0 0 0 0 0 0 0
0 1100 500 0 0 0 0 0 0 0 0

 

No se incluyen los obstáculos con una altura inferior a 1000 mm, pues no limitan satisfactoriamente el movimiento.

No se deben utilizar obstáculos inferiores a 1400 mm sin aplicar medidas de seguridad adicionales, pues dichos obstáculos se pueden saltar demasiado fácilmente.


Visión general de los riesgos de aplastamiento EN ISO 13854

La norma EN ISO 13854 especifica, dependiendo de la parte del cuerpo de una persona que puede verse afectada, distancias mínimas entre dos piezas de máquinas móviles o una pieza móvil y otra fija que se consideran irrelevantes en lo relativo a un peligro de aplastamiento. Si se pueden respetar estas distancias al diseñar una máquina, no es necesario adoptar más medidas de protección contra peligros de aplastamiento en este punto, y las aberturas de este tamaño se pueden considerar inherentemente seguras.

Distancias mínimas a tener en cuenta en caso de acceso con:

Dedo Mano Brazo Dedos de los pies Pie Pierna Cabeza Cuerpo
25 mm 100 mm 120 mm 50 mm 120 mm 180 mm 300 mm 500 mm


Si no es posible respetar estas distancias por motivos estructurales, deben adoptarse medidas técnicas adicionales, como resguardos o equipos de protección no separadores, para evitar el acceso o la entrada, o para la desconexión a tiempo de movimientos peligrosos. Estas medidas solo cumplirán su función de protección si se montan a una distancia mínima del punto peligroso a proteger.

Si se usan resguardos según EN ISO 13857, para determinar el valor fijo para la distancia de seguridad se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Tamaños de aberturas y profundidades de penetración – distancia de seguridad en función de la parte del cuerpo a partir de una tabla
  • Intromisión por arriba – Altura del equipo de protección según distancia y altura del punto peligroso a partir de una tabla
  • Acceso arrastrándose – Hueco por debajo del resguardo ≤180 mm